Estructura del Plan de Igualdad


 Todos los centros docentes elaborarán e incluirán dentro de su Plan de Centro un Plan de Igualdad de Género que recogerá las actuaciones del centro en materia de igualdad, coeducación y prevención de la violencia de género, incluyendo cualquier forma de discriminación, acoso u hostigamiento, basado en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquier orientación sexual o en la expresión de una identidad de género diferente a la asignada al nacer.


El Plan de Igualdad de Género de los centros educativos contendrá, al menos, los siguientes elementos:
a) Diagnóstico para detectar y visibilizar las desigualdades que sirva de punto de partida para la concreción de las actuaciones a realizar.
b) Objetivos establecidos en función de los resultados del diagnóstico realizado.
b.1) Objetivos generales.
b.2) Concreción anual de objetivos.
c) Actuaciones concretas para integrar la perspectiva de género en el Plan de Centro de acuerdo con los objetivos establecidos:
c.1) En el proyecto educativo, al menos en los siguientes aspectos:
- En la utilización de un lenguaje no sexista e inclusivo en la documentación del centro, recursos y materiales didácticos, cartelería del centro, páginas web, comunicación con las familias, etc.

- En las programaciones didácticas y en las propuestas pedagógicas.
- En el Plan de Convivencia.
- En el Plan de Orientación y Acción Tutorial.
- En el Plan de Formación del Profesorado.
- En los criterios para establecer los agrupamientos del alumnado.
- En las actividades complementarias y extraescolares que se programen.
- En el informe de autoevaluación del centro.

c.2) En el Reglamento de Organización y Funcionamiento del centro, al menos en los siguientes aspectos:
- En la organización de los espacios, instalaciones y recursos materiales del centro.
- En la paridad en los cauces de descisión, responsabilidad y participación de los distintos sectores de la comunidad educativa.
- En el reparto de roles y responsabilidades entre el alumnado.
c.3) En el Proyecto de Gestión, al menos en los siguientes aspectos:
- En el impacto de género en los presupuestos del centro.
- En los presupuestos destinados específicamente a fomentar la coeducación, la igualdad y la prevención de la violencia de género.
- En las cláusulas o criterios de igualdad en las relaciones contractuales o convenios establecidos entre el centro y empresas, asociaciones o instituciones para la prestación de servicios o al establecer acuerdos de colaboración.
d) Calendario de actuación para el desarrollo de las acciones programadas.
e) Recursos personales y materiales.
f) Procedimiento e indicadores propuestos para realizar el seguimiento y evaluación del Plan.

Es importante la coordinación y la colaboración con el Equipo de Orientación Educativa en los Centros de Infantil y Primaria o el Departamento de Orientación de los IES.

En este último caso, con el objeto de asegurar una orientación académica y profesional que tenga en cuenta la perspectiva de género, así como una formación igualitaria en temas como la autonomía personal, la educación emocional, la educación afectivo-sexual o la resolución pacífica de conflictos.

Por otra parte, la colaboración con todos los Departamentos, Ciclos y ETCP, permite profundizar en el desarrollo de un currículum no sexista, así como la visibilización de las aportaciones de las mujeres en él.
La aprobación de las medidas y actuaciones propuestas para el desarrollo del Plan de Igualdad en el centro corresponde al Claustro y al Consejo Escolar, así como su revisión y evaluación.


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